Período
Valor
3 ambientes en Parque Chacabuco, calle Del Barco Centenera, entre Tejedor y Estrada.
• Muy luminoso
• Orientación Noreste
• Living comedor
• Cocina Independiente con conexión para lavarropas
• 2 dormitorios con placar
• Baño completo con ventilación natural
• Balcón
• Servicios individuales: Calefón para agua caliente
• 2 aires acondicionado tipo Split frío calor (uno ubicado en living y otro en dormitorio principal)
• Edificio con sum y patio común
• Encargados durante las 24hs.
• Expensas período junio 2022 con vencimiento en julio=$12000.-
Según art. 1° de la Ley 5115 C.A.B.A. el inmueble ofrecido se clasifica como accesible.
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Información importante:
Los planos, medidas, fotos y valores de expensas, impuestos y/o servicios informados en este anuncio son aproximados. Los mismos han sido provistos por el propietario y pueden quedar desactualizados por el transcurso del tiempo.
Martillero responsable: Hugo Roberto Torres | CUCICBA Matrícula Nº943.
Artículo 4° Ley 2340- Ente responsable. La matrícula de los corredores inmobiliarios estará a cargo del ente público no estatal, con independencia funcional de los poderes del Estado que se crea por esta ley.
Ley 5115 - publicación de accesibilidad a los inmuebles.
Artículo 1º.- Los avisos publicados por corredores inmobiliarios por cualquier medio gráfico o informático, que promuevan operaciones inmobiliarias, deberán contener información acerca de las condiciones de accesibilidad para las personas con discapacidades físicas.
Artículo 2º.- Los avisos mencionados en el art. 1° incluirán un indicador gráfico de accesibilidad y/o la palabra "accesible".
Art. 10 de Ley 2340 "Para los casos de alquiler de vivienda, el monto máximo de comisión que se le puede requerir a los propietarios será el equivalente al cuatro con quince centésimos por ciento (4,15%) del valor total del respectivo contrato. Se encuentra prohibido cobrar a los inquilinos que sean personas físicas comisiones inmobiliarias y gastos de gestoría de informes".-